Registro de la Propiedad
Inscribir su finca es protegerla
Lo que está inscrito se presume que es suyo frente a todos. Nos encargamos de que su finca, sus construcciones y sus cambios queden bien reflejados en el Registro y en el Catastro.
Operaciones que tramitamos
Primera inscripción
Fincas que nunca se han inscrito: doble título o expediente de dominio.
Segregación y división
Separar una parte de una finca para venderla o repartirla. Requiere licencia o declaración municipal y, en suelo rústico, respetar la unidad mínima de cultivo.
Agrupación
Unir dos o más fincas colindantes en una sola.
Obra nueva
Declarar e inscribir una construcción nueva o una ampliación. Las antiguas pueden inscribirse acreditando su antigüedad.
Rectificación de superficie
Corregir los metros inscritos con la realidad.
Cancelación de cargas
Hipotecas pagadas, condiciones resolutorias o embargos caducados que siguen apareciendo.
Obras antiguas sin declarar
En la sierra de Madrid es muy común encontrar chalets con ampliaciones, porches o casetas que nunca se declararon. La ley estatal de suelo permite inscribir construcciones antiguas cuando se acredita que han pasado los plazos para que el ayuntamiento actúe contra ellas, con un certificado técnico, catastral o municipal de su antigüedad. El Registro lo inscribe y lo comunica al ayuntamiento.
Antes de hacerlo revisamos la situación urbanística: no es lo mismo una ampliación en suelo urbano que una construcción en zona verde, donde no hay plazo que la proteja.
Registro y Catastro, coordinados
Desde 2015 el Registro puede incorporar la representación gráfica de la finca, normalmente la del Catastro. Una finca coordinada tiene sus linderos definidos y se presume que su ubicación y su delimitación son las que constan. Es la mejor garantía antes de vender, hipotecar o heredar.
Primera consulta sin coste
Cuéntenos el asunto por teléfono, WhatsApp o correo. Le diremos qué opciones tiene y cuánto costará antes de empezar.
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Preguntas frecuentes
Lo que más nos preguntan
¿Es obligatorio inscribir una finca?
No es obligatorio, pero si no se inscribe el propietario pierde la protección del Registro frente a terceros, y en la práctica es muy difícil vender o hipotecar.
¿Cuánto cuesta inscribir?
Depende del valor y de la operación. Los aranceles del Registro y del notario están regulados. Le damos el coste total por escrito antes de empezar.
¿Puedo segregar una parcela en suelo rústico?
Solo si cada parte resultante respeta la unidad mínima de cultivo y la normativa urbanística lo permite. Lo comprobamos antes de que gaste en planos y licencias.
Dónde trabajamos
Inscripción de fincas en la sierra de Madrid
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