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Urbanismo

Lo que se puede construir, y cómo defenderlo

Licencias que no llegan, expedientes por obras, planes que cambian el valor de un terreno o expropiaciones mal pagadas. Asesoramos a particulares, promotores y empresas frente al ayuntamiento y la Comunidad de Madrid.

Áreas de trabajo

Ref. U1

Planeamiento urbanístico

Alegaciones y recursos frente a planes generales, parciales y especiales; gestión y reparcelación.

Ref. U2

Infracciones urbanísticas

Defensa en expedientes de disciplina, órdenes de demolición y sanciones.

Ref. U3

Expropiaciones

Justiprecio, hojas de aprecio, Jurado de Expropiación, intereses y reversión.

Ref. U4

Licencias urbanísticas

Licencias, declaraciones responsables, silencio administrativo y recursos.

El marco en la Comunidad de Madrid

El urbanismo madrileño se rige por la Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid, reformada en profundidad por la Ley 1/2020, que generalizó la declaración responsable para muchas obras, y por la ley estatal de suelo. Encima de ellas, cada municipio tiene su plan general o sus normas subsidiarias, que son las que de verdad dicen qué se puede hacer en cada parcela.

En la sierra noroeste, buena parte del territorio está afectado por espacios protegidos, vías pecuarias o suelo no urbanizable, lo que limita mucho lo que se puede construir fuera de los cascos y las urbanizaciones.

A quién asesoramos

  • Propietarios que quieren construir, ampliar o legalizar, o que han recibido un expediente del ayuntamiento.
  • Promotores y constructoras en la tramitación de licencias, cargas urbanísticas y juntas de compensación.
  • Empresas que necesitan saber qué uso admite una nave o un local antes de comprar o alquilar.
  • Comunidades y entidades de conservación de urbanizaciones.

Trabajamos con arquitectos y aparejadores, porque en urbanismo la parte técnica y la jurídica van juntas.

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Cuéntenos el asunto por teléfono, WhatsApp o correo. Le diremos qué opciones tiene y cuánto costará antes de empezar.

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Preguntas frecuentes

Lo que más nos preguntan

¿Cuánto tiempo tiene el ayuntamiento para actuar contra una obra sin licencia?

En la Comunidad de Madrid, cuatro años desde la total terminación de las obras para ordenar la restauración de la legalidad. En terrenos calificados como zona verde o espacio libre no hay límite de plazo.

¿Qué hago si recibo una orden de demolición?

Revisar plazos, procedimiento y si la obra es legalizable. Hay plazos muy cortos para recurrir, así que conviene consultarlo en cuanto llegue la notificación.

¿Puedo construir una casa en una finca rústica?

En general, en suelo no urbanizable solo se admiten construcciones muy concretas, vinculadas al uso agrícola o ganadero o autorizadas expresamente. Lo comprobamos con el planeamiento antes de que compre o invierta.

Dónde trabajamos

Abogados de urbanismo en la sierra de Madrid

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